Los ciclistas no pueden superar los 45 km/h y en tramos de 50, 60, 70 u 80 km/h no puede ir a más del 50% de ese límite que marca la señal

La DGT recuerda el ridículo límite de velocidad para ciclistas en carretera

El ciclismo está de moda, cada vez hay más aficionados en las carreteras pero muchos de ellos no conocen muchas normas que deben respetar para circular. Hay uno que suena ridículo pero que debe cumplirse si no queremos acabar con una de esas multas que compartes con amigos o familia y te ponen cara de asombro.
 
 
 
 
 
 

La DGT está utilizando sus redes sociales para hacer llegar sus normas al mayor número de personas posible y hace unos días recordó una que conocen muy pocos ciclistas, incluso loas más veteranos y experimentados. La DGT recuerda que la velocidad máxima fuera de poblado para bicicletas es 45 km/h. 

 

Sin embargo, existe una excepción según la DGT: "No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior".

 

 

Hay zonas donde solo se puede ir a 25 km/h

 

El ciclista no está obligado a circular a una velocidad superior al 50% del límite marcado. Por ejemplo, si la carretera está limitada a 60 kilómetros por hora, el ciclista podrá circular a menos de 30.

 

Además, la DGT explica que las bicicletas pueden ir por autovías, salvo por aquellas que lo tengan expresamente prohibido, también a esta una velocidad máxima de 45 km la hora. El ciclista debe ser mayor de 14 años y llevar obligatoriamente casco.