La Federación Española vuelve a demostrar su compromiso en la lucha contra el dopaje

La FETRI dará a conocer los nombres de los sancionados por dopaje a través de la web del Consejo Superior de Deportes

En el transcurso de la AsambleaExtraordinaria celebrada el pasado 19 de febrero se llevó a cabo lamodificación de los Estatutos de la FETRI, a fin de incluir la posibilidad depublicación de los registros de sancionados por dopaje en la página web delConsejo Superior de Deportes (CSD).

 

A partir de ahora, la Federación Española deTriatlón (FETRI), de acuerdo con lo establecido en la Convención Internacionalcontra el Dopaje de la UNESCO, en la normativa antidopaje de la FederaciónInternacional, así como en el Código Mundial Antidopaje, procederá a comunicara la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Deporte las sancionesimpuestas por las infracciones cometidas en materia de dopaje (Ley Orgánica7/2006, de 22 de noviembre), para su difusión a través de la página web delCSD, al ser éste último el órgano titular de la potestad disciplinaria enmateria de dopaje, siendo contrario a la Ley Orgánica 15/1999 el tratamientoposterior de los datos publicados, por cualquier sujeto distinto del CSD.

 

En dicha publicación tan sólo estarápermitido exponer los datos relativos al infractor, su especialidad deportiva,el precepto vulnerado y la sanción impuesta. Asimismo, y únicamente cuando seaabsolutamente necesario, se comunicará la sustancia consumida o el métodoutilizado.

 

Al mismo tiempo, cabe resaltar que lapublicación de procesos sancionadores queda limitada a aquellos procesos quesean firmes en vía administrativa, estando prohibida cualquier divulgaciónprevia referente a los mismos.


A su vez, el plazo máximo para la difusión deestos datos no podrá exceder en ningún caso el tiempo estipulado de lasuspensión o privación de la licencia federativa.

 

Por último, todas lasresoluciones adoptadas en los procedimientos de imposición de sancionesdisciplinarias por dopaje tramitados por el Comité de Disciplina Deportiva dela FETRI deberán incluir la notificación en la que se informa al interesado deque, en caso de haberse impuesto una sanción disciplinaria, ésta podrá serdifundida en internet, en los términos establecidos en este precepto y deacuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999.